Calzadilla Abogados

Mayores con demencia: qué es y cómo solicitar la incapacitación legal

En España la esperanza de vida es cada vez mayor. Esta circunstancia trae consigo un aumento de las enfermedades degenerativas sufridas por la población más envejecida, tales como el Alzheimer u otras enfermedades neurológico cognitivas, que impiden decidir por sí mismas a quienes las padecen.

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A nuestro despacho de abogados en Oviedo han llegado varios clientes preocupados porque sus familiares sufren algún tipo de deterioro cognitivo y surge la necesidad de realizar gestiones o proteger sus bienes. Las más habituales tienen que ver con la administración de cuentas bancarias o la venta de una propiedad para costear un tratamiento, un asistente o una residencia.

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Por experiencia personal sabemos que las enfermedades degenerativas no afectan a todo el mundo por igual ni evolucionan de la misma manera. En ocasiones lo hace de forma severa y rápida.

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Por ello, trataremos el tema sobre la incapacitación judicial, la herramienta jurídica para que los familiares y allegados de esas personas enfermas puedan garantizarles el bienestar que merecen y, con ello, conseguir también la tranquilidad que desean.

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El poder, una medida preventiva

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Cuando el deterioro cognitivo es incipiente, pero aún se conservan las facultades, la persona afectada puede acudir a un Notario y otorgar un poder en favor de un tercero, ya sea persona física (un familiar) o una persona Jurídica (fundación tutelar) para que le represente.

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Las opciones a la hora de otorgar el poder son varias: ya sea apoderar a una sola persona como responsable de los bienes y los aspectos personales, o a repartir ambas responsabilidades en dos personas; incluso disponer que sea necesaria la firma de dos o más apoderados en determinadas cuestiones.

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Cuando no exista un poder y la persona haya perdido gran parte o la totalidad de sus facultades, deberá solicitarse la declaración de incapacidad y el nombramiento de un tutor, a través del correspondiente proceso judicial.

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¿En qué consiste la incapacitación judicial y qué requisitos se deben cumplir?

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La incapacitación judicial es un procedimiento por el cual un juez declara que una persona no se encuentra en situación para ejercer plenamente sus facultades jurídicas.

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Para la incapacitación judicial tiene que padecerse una dolencia realmente grave. Además, son requisitos sine qua non que sea definitiva (no pudiendo, a priori, tratarse de una mera dolencia transitoria) y, sobre todo, que suponga un impedimento que incida en la conducta del individuo, llevándole a no ser capaz de comprender ni prever el alcance y posibles resultados de sus actos. Esta situación se conoce como la “ausencia de autogobierno”.

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¿Cuál es el procedimiento para la incapacitación judicial?

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Un forense especializado valorará que se cumplan los requisitos mencionados, pero dependerá del juez darle crédito o no. El procedimiento es el siguiente:

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Demanda: Es necesario interponer una demanda solicitando la incapacitación de la persona afectada y aportar todos los documentos clínicos o probatorios correspondientes. La Ley solo faculta para ello al cónyuge del afectado, su homólogo (pareja de hecho), sus ascendientes, sus descendientes, sus hermanos y al Ministerio Fiscal. Son los denominados “legitimados activamente”.

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Esto no significa que quienes no se encuentren entre ellos y vean signos preocupantes no puedan hacer nada. Los denominamos como los “terceros interesados” pueden dirigirse al Ministerio Fiscal.

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La figura de los terceros interesados tiene vital importancia, por ejemplo, en el caso de aquellos individuos que no conserven ninguno de los familiares que hemos citado. Cualquiera puede ser tercero interesado, desde algún conocido del afectado, hasta un vecino, el portero, los empleados y compañeros del centro de día o la residencia de ancianos, del trabajo o incluso empleados de la frutería o el supermercado al que acuda habitualmente.

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Si cualquiera observase signos claros de enajenación o descontrol en una persona que conoce, puede dirigirse al ministerio fiscal y solicitar que inicie el procedimiento de incapacitación. En este caso, un fiscal especializado estudiaría la solicitud del tercero, la situación del afectado y obtendría los documentos clínicos para decidir si presentar la demanda o no. Denominamos a esto como el “impulso por terceros”.

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Audiencia de los allegados: Una vez admitida y tramitada la demanda se designará un juez competente, quien interrogará a los familiares o personas más cercanas al afectado sobre su estado.

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Examen del afectado: Una vez interrogados los allegados, el juez realizará un reconocimiento del estado en que se encuentra la persona a la que deba incapacitar. No siempre se practica esta diligencia, los jueces suelen fiarse de la opinión de los expertos.

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Dictamen del médico forense: Probablemente, el punto más importante de todo el procedimiento. Un médico experto evalúa el estado del afectado y si reúne las cualidades para ser incapacitado o no.

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Sentencia: Finalmente el juez determinará la incapacitación o no del afectado, el régimen incapacitación que le otorga y si es necesario su internamiento.

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¿Cuáles son las modalidades de incapacitaciones judiciales?

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La ley contempla dos modalidades de incapacitación y un sistema auxiliar a ambas:

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Tutela: Es el máximo régimen de incapacitación, en que la Sentencia declara la imposibilidad del incapacitado de desarrollar cualquier potestad jurídica. Se le nombrará un tutor, normalmente una persona cercana, que será la encargada de vigilar el cumplimiento de la Ley y la defensa de los intereses del incapacitado.

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Curatela: Es una modalidad limitada de incapacidad en que se entiende que, debido a la prodigalidad del sujeto incapacitado, llamado curado, alguien debe controlar su patrimonio, el curador.

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El Defensor Judicial: Es una figura especial pensada para los casos en que los intereses de tutor y tutelado o curador y curado no coincidan. En este caso el juzgado designará a un profesional del Derecho, que defenderá los intereses del incapacitado en el pleito del que se trate.

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Solicitar la incapacidad de un familiar es una decisión delicada, pero necesaria.

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En Calzadilla Abogados conocemos de cerca esta problemática. Nuestros abogados especialistas en incapacitación judicial cuentan con la experiencia y sensibilidad necesaria para asesorarle durante todo el proceso.

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Contacte con nuestro despacho en la calle Uría de Oviedo y le informaremos de la documentación necesaria y los pasos a seguir para el inicio de un procedimiento judicial de incapacitación.

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