Calzadilla Abogados

El TSJPV obliga al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz a invertir 800.000 euros en el Servicio de Bomberos

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha estimado el recurso de apelación interpuesto por varios trabajadores del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS) de Vitoria-Gasteiz, representados por Calzadilla Abogados, y ha revocado la sentencia dictada el 6 de octubre de 2025 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Vitoria-Gasteiz.

La resolución, de 10 de febrero de 2026, declara la obligación del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz de destinar íntegra y exclusivamente a inversiones reales en el servicio, los ingresos obtenidos de las aseguradoras en concepto de contribución especial por el establecimiento, ampliación o mejora del Servicio de prevención y extinción de incendios municipal, durante los ejercicios 2022 y siguientes. La cantidad no invertida durante el ejercicio 2022 asciende a 800.000 euros, estando pendiente de determinar lo no invertido entre 2023 y 2025.

Legitimación activa de los recurrentes

El recurso comprendía los ejercicios 2018 a 2022. No obstante, el Tribunal limita los efectos al ejercicio 2022 al señalar que «no cabe revisar ejercicios ya cerrados».

En el fallo, el Tribunal reconoce la legitimación activa de los recurrentes en su condición de empleados públicos del SPEIS, al entender que «las inversiones reales que se pretenden suponen o pueden suponer un beneficio profesional de los trabajadores que integran dicho servicio».

La resolución se fundamenta en la doctrina fijada por el Tribunal Supremo en su sentencia 1483/2020, de 11 de noviembre, en un caso similar llevado por Calzadilla Abogados para el Servicio de Bomberos del Ayuntamiento de Gijón, que establece que las contribuciones especiales por ampliación del servicio de extinción de incendios deben destinarse a inversiones reales vinculadas a la mejora efectiva del servicio.

La de Vitoria se suma a la decena de reclamaciones presentadas, y en su mayoría ya estimadas por los tribunales en otras comunidades de España, por la aplicación de lo recaudado por este tributo a inversiones reales, lo que supone millones de euros al año, en beneficio de un servicio más eficaz y seguro, tanto para los ciudadanos como para los propios trabajadores.

La sentencia, que puede leerse abajo, no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Podéis leer la noticia en Noticias de Álava y nuestras declaraciones para la Cadena Ser, a partir del minuto 4’30’’

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