La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), en sentencia de 16-10-2023, ha estimado el recurso promovido por el sindicato CSI y 67 bomberos del Parque de Gijón, representados por CALZADILLA ABOGADOS, que CONDENA al Ayuntamiento de Gijón a incluir en los Presupuestos de 2024 más de 1,5 millones de euros para mejoras en el Servicio de Bomberos.
Dicha cuantía (1.579.000 €) corresponde a las cantidades recaudadas en 2021 y 2022 por el Ayuntamiento de Gijón de la Unión Española de Entidades Aseguradoras (UNESPA) en concepto de contribución especial por el establecimiento y ampliación del Servicio municipal de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, y que no fueron invertidas durante los ejercicios 2021 y 2022 en el servicio, tal y como establece la Ley de Haciendas Locales, declaró la sentencia del Tribunal Supremo de 11-11-2020 (siendo parte el Ayuntamiento de Gijón), y ratifica finalmente ahora el TSJA.
En concreto, el Fallo establece:
«Se revoca la sentencia en el sentido de estimar la pretensión de los recurrentes de declarar que el importe de lo recaudado en concepto de contribuciones especiales por la ampliación del servicio de extinción de incendios por el Ayuntamiento de Gijón debe aplicarse en su integridad a las finalidades concretadas en el artículo 31 LHHLL en todos los ejercicios referidos en el escrito de demanda.
Se condena al ayuntamiento de Gijón a que los remanentes de los ejercicios de 2021 y 2022, proveniente de ese epígrafe 351.00, se incorporen al presupuesto inmediatamente posterior, en el capítulo correspondiente, y se destinen únicamente a inversiones en ampliación del servicio, como puede ser la adquisición de ese vehículo, y otras inversiones que puedan programarse, todas ellas previstas en el art. 31 de la LHHLL.»
Además, la Sala declara la obligación de destinar a tales inversiones, en los ejercicios siguientes, lo que se recaude (1.059.000 euros al año) en concepto de contribución especial.
El fallo pone fin a un largo proceso iniciado en 2015, abriendo la puerta a que colectivos de bomberos de otros municipios y comunidades autónomas de España reclamen la aplicación del tributo en beneficio del servicio que prestan a la ciudadanía.
Contra la Sentencia, que puede leerse en el documento abajo, cabe recurso de casación.
Foto: Borja Pino, diario digital Mi Gijón.
La noticia ha sido publicada en La Nueva España, El Comercio, MiGijón y Televisión del Principado de Asturias (TPA), entre otros medios informativos.