Calzadilla Abogados

El Supremo obliga al Ayuntamiento de Gijón a invertir en Bomberos las contribuciones de UNESPA

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado en parte el recurso de casación promovido por la Sección Sindical de CSI del Ayuntamiento de Gijón, que obliga a la administración local a invertir en el Servicio de Extinción de Incendios (Bomberos) las cantidades pagadas por el Consorcio de Seguros UNESPA en concepto de contribuciones especiales.

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El fallo pone fin a un largo proceso iniciado en 2014 por el sindicato CSI en el Ayuntamiento de Gijón, que desde entonces viene reclamando que tales cantidades se dediquen a la modernización del parque de bomberos para cumplir con garantías su servicio. Por su parte, el Ayuntamiento de Gijón había rechazado las pretensiones del colectivo por la vía del silencio administrativo.

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En la sentencia 1483/2020, de 11 de noviembre, el Alto Tribunal determina que el destino de las cantidades ingresadas por el concepto de contribuciones especiales sea “exclusiva, íntegra e ineludiblemente para inversiones reales, correspondientes al establecimiento o ampliación del servicio público”, sin que quepa destinar dichas cantidades al gasto corriente del servicio, como venía aplicando el Ayuntamiento de Gijón desde 2007, cuando fue aprobada la Contribución Especial. La cantidad que paga UNESPA en Gijón roza el millón de euros al año (971.775,37 € en 2016).

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Una sentencia pionera

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El sindicato, representado por CALZADILLA ABOGADOS, recurrió las decisiones previamente adoptadas por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 1 de Gijón y por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que consideraron que no existía la obligación de destinar a inversiones reales en el servicio de bomberos los importes abonados por UNESPA al Ayuntamiento de Gijón, al contrario de lo que el sindicato mantenía, dándole la razón ahora el Tribunal Supremo, que anula dichas sentencias.

Se trata de una sentencia pionera, ya que es una materia sobre la cual no se había pronunciado el Tribunal Supremo, y tiene alcance nacional, puesto que obliga a los Ayuntamientos de toda España a destinar a inversiones reales en el servicio de bomberos todas las cantidades que reciben de las aseguradoras por este concepto.

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Sobre el régimen legal de las contribuciones especiales en la Ley de Haciendas Locales.

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La Ley de Haciendas Locales establece que, a través de las Contribuciones Especiales, las entidades aseguradoras contribuyan a la mejora de los servicios de extinción de incendios de toda España.

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En la práctica, la mayoría de las administraciones locales destinan este tributo a gasto corriente y de personal, lo que supone cientos de miles de euros al año que dejan de invertirse en mejoras para un servicio más eficaz y seguro.

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Este pronunciamiento afecta a todos los municipios de España que cuenten con servicio de bomberos, lo que abre la puerta a que colectivos reclamen la aplicación del tributo en beneficio del establecimiento o ampliación de esos servicios municipales.

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Podéis leer y descargar la sentencia en el archivo adjunto. Esta noticia ha sido difundida en El Comercio, La Nueva España y Televisión del Principado de Asturias (TPA).

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