El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Oviedo ha dictado una sentencia favorable a Calzadilla Abogados, estimando la demanda de una cliente, defendida por nuestro compañero Adrián Martínez, a recibir una indemnización de 15.000 euros por vulneración del derecho al honor, al haber sido incluida en un registro de morosos cuando no existía la deuda.
Los hechos se remontan al año 2020, cuando la empresa demandada reclamó a nuestra cliente más de 900 euros mediante un procedimiento monitorio. Tal procedimiento se resolvió en sentencia desestimatoria firme, que determinó que la citada deuda no existía. Sin embargo, posteriormente la empresa incluyó a nuestra cliente en un fichero de insolvencia por esa misma deuda.
La afectada descubrió en 2023 que figuraba en el citado fichero al solicitar financiación en diversas entidades para arreglar la caldera de su vivienda, siéndole denegado su acceso al crédito para afrontar dicho gasto en repetidas ocasiones.
¿Qué criterios se tuvieron en cuenta para determinar la cuantía de la indemnización?
Como consiguiente, interpuso una demanda solicitando una doble indemnización: por inclusión en el fichero de insolvencia y por la imposibilidad de reparar la avería, privándola durante meses de la posibilidad de tener calefacción y agua caliente.
En este caso, la sentencia estima las demandas de nuestra clienta y determina que “al daño derivado de haberse vulnerado su derecho al honor, se añade la especial circunstancia de verse privada de un elemento esencial de la vida diaria como es una caldera”, para considerar justa la cuantía reclamada.
La sentencia, que se puede recurrir, impone a la demandada el pago de las costas.
Si te encuentras en una situación similar, en Calzadilla Abogados podernos ayudarte a salir del fichero de morosos y obtener la mayor indemnización posible. Contáctanos.