Calzadilla Abogados

CALZADILLA ABOGADOS logra que una Juez de Tineo anule una cláusula suelo de una hipoteca y condene a

CALZADILLA ABOGADOS celebra un nuevo éxito judicial. El Juzgado de Primera Instancia de Tineo (Asturias) ha condenado a una entidad bancaria a eliminar la cláusula suelo de un préstamo hipotecario, y a devolver las cantidades abonadas de más por nuestro representado, más los intereses devengados, desde el 9 de mayo de 2013 -como viene estipulando el Tribunal Supremo en esta materia-. Además, ha condenado al banco a abonar las costas procesales.

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El caso lo ha defendido con acierto nuestro compañero Adrián Martínez Aguirre, especializado en derecho bancario, quien solicitó la nulidad de la cláusula suelo apelando a su «abusividad» y “falta de transparencia” en las condiciones del contrato suscrito por el demandante.

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En la sentencia de 18 de abril de 2016, -que acaba de adquirir firmeza, pagando el banco- la Juez declaró probado que la entidad bancaria no informó con suficiente transparencia al cliente del límite a las variaciones del tipo de interés estipulado en el contrato hipotecario suscrito:

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«El Tribunal Supremo señala, en su sentencia de Pleno de 13 de mayo de 2.013, que las cláusulas suelo son en principio lícitas, siempre y cuando su transparencia permita al consumidor identificar la cláusula como definidora del objeto principal del contrato y conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos que conllevaría”. Corresponde pues a la libre iniciativa empresarial el fijar el interés al que presta el dinero y el diseñar la oferta comercial que estime oportuna, pero siempre que comunique de forma clara, comprensible y destacada cuál es ésta. El cliente debe poder ser consciente del efecto de esa cláusula al efectuar su opción de entre los diversos productos que se le ofertan en el mercado, pues un diferencial variable a un tipo superior podría aprovecharse mejor de las bajadas de los tipos de interés que otro inferior al que se adicione, sin embargo, una cláusula suelo con una barrera superior. De ahí el hincapié en la exigencia de transparencia por parte del Tribunal Supremo”.

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Para continuar, concluyó que “…el banco no cumplió con el deber de diligencia, de información completa, clara y precisa que le era exigible, siendo ésta la causa principal del error incurrido por el actor”.

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Desde Calzadilla Abogados nos alegramos por la victoria de nuestro compañero Adrián Martínez Aguirre en este tipo de litigios, que se suma a la lista de éxitos del despacho en defensa de los derechos e intereses de nuestros clientes.

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