Calzadilla Abogados

CALZADILLA ABOGADOS logra condenar a un Ayuntamiento al pago de un proyecto encargado verbalmente, s

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Ayuntamiento de Navas del Rey a pagar 23.436,82 euros por una factura correspondiente a un proyecto de arquitectura, cuyo encargo se había formalizado verbalmente con los arquitectos, sin que mediara contratación administrativa.

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En una sentencia del pasado 18 de mayo, el TSJM ha estimado parcialmente el recurso de apelación elaborado por el Abogado Javier Calzadilla Beunza, fallando a favor de los arquitectos recurrentes y obligando a dicho Ayuntamiento a abonar los honorarios por la redacción del proyecto, cuya reclamación de pago había sido desestimada en primera instancia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

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En el proceso de apelación CALZADILLA ABOGADOS acreditó que -como recoge la sentencia- “partiendo efectivamente de la inexistencia de procedimiento contractual alguno, sin embargo, se ha de concluir con la existencia de encargo del Ayuntamiento, pues el mismo se plasma en el informe de supervisión de la Dirección General de Planificación, Infraestructuras y Equipamientos Sanitarios de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid de fecha 6 de mayo de 2010, lo que ha de ponerse en relación con las propias consideraciones consignadas en el escrito de contestación a la demanda, en el que expresamente se señala que en el mes de abril de 2010 en una visita realizada a la Dirección General de Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, el recurrente, que en ese momento iba acompañado por miembros de la Corporación Municipal, entregó copia del Proyecto en estas dependencias de la Comunidad de Madrid, en la creencia de que ésta última tenía intención de encargar un proyecto de CUE a situar en el municipio de Navas del Rey, dado que es la Comunidad de Madrid quien tiene que contratar el Proyecto, la obra y financiarla al 100%”.

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Entiende pues el Tribunal Superior que existió el encargo por parte del Ayuntamiento, aunque fuese verbal, y que fue cumplido el trabajo por los arquitectos recurrentes. Por tanto, aplica la doctrina sobre el enriquecimiento injusto de la Administración, como fue solicitado en el recurso de apelación.

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En casos como éste, la doctrina del enriquecimiento injusto de la Administración es el único recurso legal del que disponen autónomos y pequeñas empresas para reclamar las deudas contraídas por la Administración, cuando la omisión de las formalidades necesarias para la contratación le sirve a aquella de excusa para no abonar el precio de las obras o trabajos realizados. Algo que sucede en bastantes ocasiones, especialmente en el sector de la construcción y servicios, y en el ámbito municipal.

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CALZADILLA ABOGADOS suma así un nuevo éxito en la defensa de los intereses de sus clientes frente a la Administración, dentro y fuera de Asturias.

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